OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.
26 aditivos
El E-1442 es un almidón modificado: almidón de maíz, patata o tapioca retocado en laboratorio para que espese sin rendirse ante el calor, el ácido o la congelación. Es lo que evita que un yogur de fresa suelte agua o que un helado cristalice. Y lo más curioso: casi nunca verás su número en la etiqueta.
Un almidón al que se le han hecho dos retoques químicos. El primero es un entrecruzamiento con fosfato, que une las cadenas de almidón entre sí y las hace resistentes al calor, al ácido y al batido industrial. El segundo es la hidroxipropilación, que le da estabilidad frente al frío: soporta la congelación y descongelación sin degradarse. La combinación de ambos es lo que lo distingue del resto de su familia, la de los almidones modificados de la serie E-14xx. En la etiqueta puede aparecer como fosfato de dialmidón hidroxipropilado, como E1442 o, lo más habitual, escondido bajo el nombre genérico de almidón modificado, que la norma de etiquetado permite usar sin número.
Para espesar y estabilizar donde un almidón normal fracasaría. El almidón de toda la vida espesa bien una bechamel casera, pero se rompe si lo sometes a un tratamiento térmico intenso, a un medio ácido como el de un yogur de frutas o a un ciclo de congelación y descongelación. El E-1442 aguanta las tres cosas, y por eso está en helados, postres lácteos, natas, quesos fundidos y para untar, salsas, rellenos de bollería y platos preparados que van del congelador al microondas. Da cuerpo y cremosidad con textura suave, sin sabor propio, y evita que el producto suelte agua con el tiempo, lo que se llama sinéresis: ese charquito que a veces aparece sobre un postre.
Es 100 % vegetal: se parte de almidón de maíz, patata, tapioca o, con menos frecuencia, trigo, y se modifica químicamente con agentes fosfatantes y óxido de propileno. El resultado sigue siendo almidón en esencia, solo que con las cadenas reforzadas. No lleva nada de origen animal, así que no plantea ningún problema a veganos ni vegetarianos. Un detalle útil para celíacos: si procede de trigo, el fabricante está obligado a indicarlo en la etiqueta por ser alérgeno, de modo que un almidón modificado sin mención al trigo es, en la práctica, de una fuente sin gluten, casi siempre maíz o patata.
Pertenece al Grupo I de la Parte C, el club de los aditivos considerados de bajo riesgo que pueden usarse a la cantidad necesaria, sin tope numérico, en una lista larga de categorías: lácteos fermentados, helados, quesos, productos de cacao, panadería y bollería, productos cárnicos, pescado elaborado, salsas y muchas más. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener básicamente sin aditivos. Sus condiciones de uso se han ido retocando en varios reglamentos, el más reciente el Reglamento (UE) 2025/2058. El detalle de categorías y condiciones está en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.2 Productos lácteos sin aromatizar fermentados por la acción de organismos vivos, y sus sucedáneos, con un contenido de grasas inferior al 20 % | quantum satis | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.2 Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004 | quantum satis | solo preparados en los cuales se han inyectado ingredientes; preparados de carne compuestos por partes de carne tratadas de forma diferente: picadas, cortadas en filetes o transformadas, y combinadas entre sí, gyros, souvlaki, bifteki, soutzoukaki, kebap yseftalia. |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
OH MY DEAL! Flauta pulled pork bbq al estilo americano 240 g.
26 aditivos
OH MY DEAL! Flauta fajita al estilo mexicano 240 g.
25 aditivos
LA BROCHE Flautas rellenas de pollo y 2 quesos, sin aceite de palma LA BROCHE Fun roll 275 g.
24 aditivos
OH MY MEAL! Flauta durum kebab individual 220 g.
22 aditivos
LA ESTEPEÑA Surtido de dulces navideños 750 g.
21 aditivos
OH MY DEAL! Flauta burrito al estilo mexicano 240 g.
20 aditivos
Tarta de manzana 500 g.
18 aditivos
SAMYANG Ramen salteado sabor queso con pollo picante Buldak 140 g.
17 aditivos
EL CHEF EN CASA Tortillas con extra de relleno de carne, mezcla de 3 quesos y salsa texmex EL CHEF EN CASA 2 x 125 g.
17 aditivos
Tarta delicia de fresa Hacendado congelada
16 aditivos
Cañas de chocolate 4 uds.
15 aditivos
Tarta bombón 1 kg.
14 aditivos
33
Alcampo · 66 %
9
Carrefour · 18 %
4
Dia · 8 %
4
Mercadona · 8 %
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
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Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
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Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Fosfato de dialmidón hidroxipropilado |
| También conocido como | Hydroxy propyl distarch phosphate |
| Número E | E 1442 |
| Wikidata | Q10528966 |
El E-1442 es un almidón modificado: almidón de maíz, patata o tapioca retocado en laboratorio para que espese sin rendirse ante el calor, el ácido o la congelación. Es lo que evita que un yogur de fresa suelte agua o que un helado cristalice. Y lo más curioso: casi nunca verás su número en la etiqueta.
Aquí hay poca película. El cuerpo trata este aditivo prácticamente como lo que es, almidón: lo digiere en su mayor parte y lo aprovecha como cualquier otro hidrato de carbono. La EFSA lo ha evaluado junto al resto de almidones modificados y no encontró motivos de preocupación a los niveles de uso habituales, lo que encaja con su estatus de Grupo I, el de menor restricción de toda la norma. La conversación honesta sobre el E-1442 no es toxicológica sino nutricional: es un ingrediente típico de productos muy procesados, donde sustituye a materias primas más caras, como más nata o más fruta, aportando textura sin aportar sabor. Si un yogur o un helado lo llevan, no te dice nada sobre su seguridad, pero sí algo sobre cómo está formulado. Ese juicio es tuyo.
La norma europea lo autoriza en 69 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, productos lácteos sin aromatizar fermentados por la acción de organismos vivos, y sus sucedáneos, con un contenido de grasas inferior al 20 %. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.
Lo hemos encontrado en 50 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (33 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-1442 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Porque la norma de etiquetado permite declarar todos los almidones modificados con el nombre genérico almidón modificado, sin número E ni apellidos. Es de los pocos aditivos con ese privilegio, y la mayoría de fabricantes lo aprovecha: suena mucho mejor que fosfato de dialmidón hidroxipropilado. Si ves almidón modificado en un helado o un postre lácteo, hay bastantes papeletas de que sea este.
Son primos de la misma familia: todos parten de almidón entrecruzado con fosfato, que aporta resistencia al calor y al ácido. La diferencia está en el segundo retoque. El E-1422 y el E-1414 llevan grupos acetilo, mientras que el E-1442 lleva grupos hidroxipropilo, que le dan mejor estabilidad en frío. Por eso el E-1442 es el favorito de los productos congelados y refrigerados de larga duración.
No, son cosas distintas. Modificado aquí significa modificado químicamente después de extraerlo de la planta, no que la planta esté alterada genéticamente. El almidón puede venir de un maíz convencional y ser modificado, o al revés. Si el ingrediente procediera de un cultivo transgénico, tendría que indicarse aparte en la etiqueta, porque es una declaración independiente.