THINS Pan sándwich 8 cereales THINS 310 gr,
11 aditivos
El E-1200 es polidextrosa, un carbohidrato fabricado a partir de glucosa que nuestro cuerpo apenas digiere. Su gracia es que ocupa el sitio que deja el azúcar: da cuerpo a helados, galletas y chocolates sin azúcar, retiene humedad en la bollería y, de propina, se comporta como una fibra soluble. Apto para veganos.
Un polímero de glucosa: muchas moléculas de glucosa enganchadas entre sí de forma tan enrevesada que nuestras enzimas digestivas no saben por dónde cogerlo. Por eso pasa casi de largo por el intestino delgado y actúa como una fibra soluble, no como un azúcar. Nació en los laboratorios de la farmacéutica Pfizer en los años sesenta, cuando buscaban un ingrediente que diera el volumen y la textura del azúcar sin sus calorías, y de ahí saltó a la industria alimentaria de medio mundo. En la etiqueta lo verás como polidextrosa o E1200, casi siempre en productos que presumen de sin azúcar, light o con fibra.
Es el albañil de los productos sin azúcar. Cuando quitas el azúcar de una galleta o un helado no solo pierdes dulzor: pierdes cuerpo, volumen y textura, y algo tiene que rellenar ese hueco. Ahí entra la polidextrosa, que aporta la masa sin apenas dulzor ni calorías. Como humectante retiene agua y mantiene tiernos el pan de molde y la bollería más días; como estabilizante y espesante da cremosidad a los helados, evita cristales de hielo y mejora la masticación del chicle o el chocolate sin azúcar. Suele trabajar en equipo con edulcorantes, que ponen el dulzor mientras ella pone el cuerpo.
Es de síntesis: se fabrica calentando glucosa, que suele venir del almidón de maíz o de trigo, junto con un poco de sorbitol y una pizca de ácido cítrico como catalizador. Con calor y vacío, las moléculas de glucosa se enlazan al azar formando un polímero muy ramificado, y esa estructura caótica es justo lo que lo hace indigerible. No interviene nada de origen animal en el proceso, así que es apto para veganos y vegetarianos sin letra pequeña. Parte de lo que comes llega intacto al colon, donde las bacterias intestinales lo fermentan, igual que hacen con la fibra de las legumbres o la fruta.
Está en el Grupo I, el club de los aditivos que la norma considera de uso general: se admite en una lista muy larga de alimentos, de los lácteos aromatizados a la bollería pasando por helados, cereales o productos cárnicos, casi siempre a la cantidad necesaria para lograr el efecto, sin un tope numérico propio. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener sin aditivos, como la leche, la miel o los alimentos para bebés. Su autorización se ha ido retocando en varios reglamentos, el más reciente el Reglamento (UE) 2025/2058. El detalle por categorías está en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo | quantum satis | |
| 11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos | quantum satis | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.1 Cerveza y bebidas a base de malta | quantum satis | solo en cervezas con valor energético reducido y en las de bajo contenido de alcohol Período de aplicación: A partir del 25 de junio de 2012 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
THINS Pan sándwich 8 cereales THINS 310 gr,
11 aditivos
Multivitamínico y multimineral en comprimidos Adultos Multicentrum sin gluten 90 ud.
10 aditivos
Sobaos sin azúcar añadido Codan 9 ud.
9 aditivos
Multivitamínico y multimineral en comprimidos Mujer Multicentrum sin gluten 90 ud.
9 aditivos
AUCHAN Protein+ Tarrina de helado de plátano y brownie proteico 500 ml. 270 g. Producto Alcampo
9 aditivos
CODAN Sobaos sin azúcares añadidos 9 uds. 340 G.
9 aditivos
Multivitamínico y multimineral en comprimidos Hombre 50+ Multicentrum sin gluten 30 ud.
8 aditivos
Multivitamínico y multimineral en comprimidos Select 50+ Multicentrum sin gluten 90 ud.
8 aditivos
Multivitamínico y multimineral en comprimidos Hombre Multicentrum sin gluten 30 ud.
8 aditivos
Helado sándwich de nata sin azúcar añadido Dia Temptation 6 x 50 g
6 aditivos
Helado sabor chicle y cereza Dia Temptation 6 x 50 g
4 aditivos
6
Carrefour · 55 %
3
Alcampo · 27 %
2
Dia · 18 %
ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.
sin aditivos
AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.
sin aditivos
Pan de molde con corteza + Proteína Bimbo 475 g.
sin aditivos
Pan de molde integral sin azúcar añadido Carrefour 460 g.
sin aditivos
Pan de molde integral sin corteza Carrefour 450 g.
sin aditivos
Galletas al cacao Jungla Triple Zero Santiveri sin gluten, sin lactosa y sin azúcar añadido 120 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Polidextrosa |
| También conocido como | Polydextrose |
| Número E | E 1200 |
| Wikidata | Q424616 |
El E-1200 es polidextrosa, un carbohidrato fabricado a partir de glucosa que nuestro cuerpo apenas digiere. Su gracia es que ocupa el sitio que deja el azúcar: da cuerpo a helados, galletas y chocolates sin azúcar, retiene humedad en la bollería y, de propina, se comporta como una fibra soluble. Apto para veganos.
No hay una preocupación tóxica sobre la mesa. La polidextrosa está en el Grupo I, el que la norma reserva para aditivos con historial suficiente como para no necesitar un tope numérico en la mayoría de alimentos, y los comités científicos que la han evaluado no vieron motivo para tratarla de otra forma. La pega real es más mundana: como no se digiere y fermenta en el colon, comer mucha de golpe puede dar gases, hinchazón o un efecto laxante suave, exactamente igual que pasaría con un plato grande de legumbres. Se tolera mejor que los polioles tipo maltitol, pero un atracón de galletas sin azúcar puede pasarte factura al estómago, y no será por el azúcar. Si tu digestión anda sensible, ya sabes dónde mirar en la etiqueta.
La norma europea lo autoriza en 70 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.
Lo hemos encontrado en 11 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Carrefour (6 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-1200 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
No, y la confusión es comprensible. La dextrosa es glucosa pura: un azúcar de manual, dulce y de absorción rápida. La polidextrosa está hecha de glucosa, sí, pero enlazada de forma que el cuerpo no puede romperla, así que apenas aporta dulzor ni calorías y se comporta como fibra. Es casi el caso contrario: una viene a subir el azúcar del producto y la otra a sustituirlo.
Sí. Como resiste la digestión y fermenta en el colon, encaja en la definición de fibra alimentaria, así que un producto puede llevar E1200 en la lista de ingredientes y a la vez lucir una cifra de fibra generosa en la tabla nutricional. Muchas galletas y barritas con fibra añadida la consiguen justo por esta vía, no por llevar más cereal integral.
Porque los edulcorantes intensos, como la sucralosa o la estevia, endulzan muchísimo con una pizca, pero no ocupan espacio: si quitas cien gramos de azúcar de una receta, algo tiene que rellenar ese hueco o el helado queda aguado y la galleta, dura. La polidextrosa pone ese volumen y esa textura. Son pareja habitual: uno aporta el dulzor y la otra, el cuerpo.