Tarta infantil sin gluten 750 g
28 aditivos
El E-464 es hidroxipropilmetilcelulosa, una celulosa modificada con un truco raro: espesa y gelifica cuando se calienta, al revés que casi todo. Por eso es el ingrediente estrella del pan sin gluten y de muchos rebozados y productos vegetales. Es de origen vegetal y apto para veganos.
Una celulosa modificada. Se parte de la celulosa, la fibra que forma las paredes de las plantas, y se le añaden pequeños grupos químicos (metilo e hidroxipropilo) para que se disuelva en agua y haga cosas que la celulosa normal no hace. En la etiqueta la verás como hidroxipropilmetilcelulosa, E464 o por sus siglas inglesas, HPMC. Fuera del supermercado es una vieja conocida: es el material de muchas cápsulas vegetales de medicamentos y suplementos, la alternativa a la gelatina animal. Pertenece a la familia de las celulosas modificadas, que ocupa varios números seguidos de la lista, del E-461 en adelante.
Espesa, estabiliza y emulsiona, pero su gracia es la gelificación térmica: en frío es un líquido viscoso y con el calor forma un gel, que se deshace al enfriarse. En el pan sin gluten hace el trabajo del gluten, atrapando el gas de la fermentación para que la miga suba y no quede un ladrillo. En masas de rebozar crea una barrera al freír que reduce la grasa que absorbe el alimento. Y en hamburguesas y quesos vegetales aporta esa firmeza en caliente que la planta no da por sí sola. También aparece en bollería, salsas, helados y platos preparados como espesante de toda la vida.
Vegetal de principio a fin. La celulosa de partida sale de la pulpa de madera o del algodón, y la modificación es un proceso químico industrial que no toca nada de origen animal. Es, por tanto, apta para veganos y vegetarianos sin letra pequeña; de hecho, buena parte de su éxito reciente viene justo de ahí, porque sustituye al huevo y a la gelatina en productos vegetales. Otro detalle: nuestro cuerpo no la digiere ni la absorbe. Pasa por el intestino y sale tal cual, comportándose como una fibra soluble, que es en el fondo lo que es.
Está en el Grupo I, el de los aditivos de uso más amplio, así que la norma la admite en una lista larga de alimentos, del pan y la bollería a los helados, los productos cárnicos o los edulcorantes de mesa. En casi todos los casos va a la cantidad necesaria para conseguir el efecto, sin cifra fija, y solo en algún uso concreto tiene tope propio. Como el resto del Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma protege sin aditivos, como la leche fresca o la miel. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.1.1 Frutas y hortalizas enteras frescas | 10 mg/kg | solo para cítricos, melones y granadas a fin de: — repetir la totalidad o parte de los datos obligatorios exigidos por la legislación nacional o de la Unión, — y/o — proporcionar voluntariamente la marca, el método de producción, los códigos PLU o QR o el código de barras Período de aplicación: a partir del 24 de junio de 2013 |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos | quantum satis | |
| 11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo | quantum satis | |
| 11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos | quantum satis | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
Tarta infantil sin gluten 750 g
28 aditivos
Tarta de nata y yema 410g.
21 aditivos
Tarta de manzana 500 g.
18 aditivos
Tarta de nata y yema sin gluten, 325g.
15 aditivos
Tarta Sacher sin gluten AIROS 410 g.
15 aditivos
Burger crunchy de pollo con bacón y queso Selección de Dia 200 g
14 aditivos
EL POZO King upp Mini crunchy rellenos de bacon y queso 220 g.
14 aditivos
PRODUCTO ALCAMPO Tortas de anís, elaboradas sin gluten 165 g.
12 aditivos
PALACIOS Pizza de jamón y queso, con masa fina y crujiente PALACIOS 405 g.
12 aditivos
LA COCINA DE SENÉN Mix de croquetas (bacalao; marisco; boletus y trufa) 24 uds.
11 aditivos
Ensalada Louisiana Dia Al Punto 240 g
11 aditivos
EL POZO Maxi king upp Salchichas cocidas de cerdo y pavo con bacon y queso cheddar fundido 330 g.
11 aditivos
46
Alcampo · 59 %
19
Carrefour · 24 %
12
Dia · 15 %
1
Mercadona · 1 %
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Hidroxipropilmetilcelulosa |
| También conocido como | Hydroxypropyl methyl cellulose |
| Número E | E 464 |
| Wikidata | Q423846 |
El E-464 es hidroxipropilmetilcelulosa, una celulosa modificada con un truco raro: espesa y gelifica cuando se calienta, al revés que casi todo. Por eso es el ingrediente estrella del pan sin gluten y de muchos rebozados y productos vegetales. Es de origen vegetal y apto para veganos.
No hay una preocupación real sobre la mesa. Es una fibra que ni se digiere ni se absorbe: atraviesa el intestino y se elimina, como la fibra de una manzana. Lo que puede pasar con cantidades muy grandes es lo mismo que con cualquier fibra, algo de efecto laxante o gases, y a los niveles a los que se usa en alimentos es raro llegar ahí. La EFSA emitió en 2015 un dictamen sobre un cambio en las especificaciones de este aditivo, es decir, sobre cómo debe fabricarse y qué pureza debe tener, y no encontró motivo de alarma. La prueba más elocuente de su perfil es que se usa a diario en cápsulas de medicamentos que la gente se traga enteras, a propósito, sin que nadie levante una ceja.
La norma europea lo autoriza en 71 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 10 mg/kg en la categoría Frutas y hortalizas enteras frescas. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.
Lo hemos encontrado en 78 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (46 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-464 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Son hermanas y hacen cosas parecidas, pero con matices. Las dos gelifican con el calor; la metilcelulosa (E-461) forma geles más firmes a menor temperatura, y por eso es la favorita de la cocina de vanguardia para hacer geles calientes. La HPMC gelifica más suave y a más temperatura, lo que la hace más versátil como espesante de uso general y mejor imitadora del gluten en panadería.
Porque el gluten es una red elástica que atrapa el gas de la levadura, y las harinas de arroz o maíz no tienen nada parecido. La HPMC construye esa red por otra vía: al hornearse gelifica, sujeta las burbujas y da una miga esponjosa en lugar de un bloque denso. Suele ir acompañada de goma xantana (E-415), su pareja habitual en este trabajo.
Sí, y no es ningún escándalo. La HPMC se usa en morteros y pinturas como espesante, igual que el almidón se usa para hacer cola de empapelar o la sal para fundir hielo en carreteras. El uso industrial no dice nada del alimentario: la calidad para alimentos tiene sus propias especificaciones de pureza, fijadas por la norma europea, que no son las del saco de cemento.