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alimentos y aditivos

E-576 — Gluconato sódico · Secuestrante

El E-576 es gluconato sódico, la sal sódica del ácido glucónico, un ácido que ya está en la miel y en la fruta. Su trabajo es discreto: atrapa los metales que oxidan grasas y estropean colores, y de paso estabiliza y espesa. Lo verás sobre todo en pescado elaborado y bebidas aromatizadas.

Autorizado en la UE Apto para veganos Secuestrante Estabilizante Espesante 10 productos reales

Qué es

Es la sal de sodio del ácido glucónico, que a su vez sale de oxidar la glucosa, el azúcar más común que existe. No es una molécula exótica: el ácido glucónico aparece de forma natural en la miel, la fruta madura o el vino. En la etiqueta figura como gluconato sódico, sodium gluconate o E576, casi siempre en la parte final de la lista de ingredientes. Fuera de la alimentación es un clásico industrial: se usa en productos de limpieza y hasta como aditivo del hormigón, porque su capacidad de agarrar iones metálicos vale igual para un detergente que para un filete de pescado envasado.

Para qué sirve

Su función principal es de secuestrante: se engancha a trazas de metales como el hierro o el cobre que llegan al alimento durante el procesado y que, sueltas, aceleran el enranciamiento de las grasas y los cambios de color. Al neutralizarlas, el producto aguanta más tiempo con buen aspecto. También actúa como estabilizante y espesante, ayudando a que texturas y mezclas no se separen. En la práctica lo encontrarás sobre todo en pescado y productos de la pesca elaborados, donde el color y la grasa son delicados, y en bebidas aromatizadas, a menudo en compañía del ácido cítrico (E-330), otro secuestrante con el que hace equipo.

De dónde se obtiene

Se obtiene por fermentación, como el vinagre o el ácido cítrico: microorganismos que transforman glucosa, normalmente de maíz o remolacha, en ácido glucónico, que después se neutraliza con sodio. El resultado es un polvo blanco muy soluble en agua. No lleva nada de origen animal, así que es apto para veganos y vegetarianos sin matices. Que se fabrique por fermentación en lugar de por síntesis química pura tiene su lógica: es un proceso barato, limpio y que parte de una materia prima tan común como el azúcar, lo que explica que este aditivo se produzca a escala enorme para usos que van mucho más allá de la comida.

Qué dice la normativa

Pertenece al Grupo I, el club de los aditivos que la norma considera de uso general: se admite en una lista larguísima de categorías, de los lácteos fermentados al pan, la bollería, los productos cárnicos, el pescado elaborado o los sustitutos de la sal. En casi todos los casos va a la cantidad necesaria, sin cifra máxima, que es el trato que reciben los aditivos de menor preocupación. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma protege sin aditivos, como la leche o la miel. Varios reglamentos recientes han ido retocando sus usos; el detalle, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 69 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo quantum satis
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos quantum satis
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

En qué alimentos está de verdad sobre 10 productos del catálogo

Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos
1
Pescado sin elaborar
1
Bebidas aromatizadas
8

Productos que lo llevan 10 en el catálogo

AQUARIUS Zero Bebida isotónica sin azúcar con sabor a limón lata de 330 ml.

AQUARIUS Zero Bebida isotónica sin azúcar con sabor a limón lata de 330 ml.

AQUARIUS · Alcampo

6 aditivos

Aquarius de limón zero 330 ml

Aquarius de limón zero 330 ml

aquarius · Dia

6 aditivos

Aquarius sabor limón zero azúcar lata 33 cl.

Aquarius sabor limón zero azúcar lata 33 cl.

AQUARIUS ZERO · Carrefour

6 aditivos

EL BARQUERO Lomos de bacalao desalado de pesca sostenible certificada (MSC) 350 g.

EL BARQUERO Lomos de bacalao desalado de pesca sostenible certificada (MSC) 350 g.

EL BARQUERO · Alcampo

4 aditivos

AQUARIUS Zero Bebida isotónica sin azúcar con sabor a limón botella de 1.5 l.

AQUARIUS Zero Bebida isotónica sin azúcar con sabor a limón botella de 1.5 l.

AQUARIUS · Alcampo

3 aditivos

Aquarius de limón zero 1.5 L

Aquarius de limón zero 1.5 L

aquarius · Dia

3 aditivos

Aquarius bebida isotónica sabor limón zero botella 1.5 l.

Aquarius bebida isotónica sabor limón zero botella 1.5 l.

AQUARIUS ZERO · Carrefour

3 aditivos

PRODUCTO ECONÓMICO ALCAMPO Rejo de potón troceado 250 gr.

PRODUCTO ECONÓMICO ALCAMPO Rejo de potón troceado 250 gr.

PRODUCTO ECONÓMICO ALCAMPO · Alcampo

3 aditivos

AQUARIUS Bebida isotónica de limón pack 2 x 1,5 l.

AQUARIUS Bebida isotónica de limón pack 2 x 1,5 l.

AQUARIUS · Alcampo

3 aditivos

Bebida isotónica limón Aquarius zero azúcar

Bebida isotónica limón Aquarius zero azúcar

Aquarius · Mercadona

3 aditivos

Reparto por supermercado

5

Alcampo · 50 %

2

Dia · 20 %

2

Carrefour · 20 %

1

Mercadona · 10 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Merluza (cococha)

Merluza (cococha)

MERLUZA · Alcampo

sin aditivos

Anchoa mostrador.

Anchoa mostrador.

ANCHOAS · Alcampo

sin aditivos

Morralla

Morralla

MORRALLA · Alcampo

sin aditivos

Merluza (filete).

Merluza (filete).

MERLUZA · Alcampo

sin aditivos

Bonito Mostrador.

Bonito Mostrador.

BONITO · Alcampo

sin aditivos

Bacaladillas

Bacaladillas

BACALADILLA · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEGluconato sódico
También conocido comoSodium gluconate
Número EE 576
WikidataQ264552

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-576 y para qué se usa?

El E-576 es gluconato sódico, la sal sódica del ácido glucónico, un ácido que ya está en la miel y en la fruta. Su trabajo es discreto: atrapa los metales que oxidan grasas y estropean colores, y de paso estabiliza y espesa. Lo verás sobre todo en pescado elaborado y bebidas aromatizadas.

¿Es malo el E-576?

Hay poco donde rascar. El gluconato es la sal de un ácido que comemos a diario en la miel y la fruta, y el cuerpo lo metaboliza sin dificultad, emparentado como está con la glucosa. La norma europea lo trata en consecuencia: lo mete en el Grupo I, el de los aditivos que pueden usarse a la cantidad necesaria en muchísimos alimentos, sin advertencias obligatorias en la etiqueta ni restricciones especiales. No es alérgeno conocido ni tiene historial de polémicas, algo que no pueden decir muchos números E. Aporta algo de sodio, como su nombre indica, pero se usa en cantidades pequeñas y su papel es justo el contrario al de cargar el producto: mantenerlo estable con menos intervención. Si lo ves en una etiqueta, casi seguro que está ahí para que la grasa no se enrancie y el color no se apague.

¿En qué alimentos se puede usar el E-576?

La norma europea lo autoriza en 69 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-576?

La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-576?

Lo hemos encontrado en 10 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (5 productos).

¿El E-576 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-576 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Qué hace exactamente un secuestrante?

Secuestra metales, literalmente. En cualquier alimento procesado quedan trazas de hierro o cobre, restos inevitables de la maquinaria y las materias primas. Esos metales sueltos actúan de chispa que enciende la oxidación: enrancian la grasa y apagan los colores. El secuestrante los envuelve y los deja inactivos, sin eliminarlos. Es un conservante indirecto: no mata microbios, pero frena el deterioro químico.

¿En qué se diferencia el E-576 del E-575?

Son familia, pero con oficios distintos. El E-575 es la glucono-delta-lactona, la forma cíclica del mismo ácido, famosa porque acidifica lentamente: se usa para cuajar tofu o acelerar el curado de embutidos. El E-576 ya está neutralizado con sodio, así que no acidifica nada; su papel es atrapar metales y estabilizar. Mismo tronco químico, funciones que no se parecen en nada.

¿Por qué aparece en productos bajos en sal?

Porque los sustitutos de la sal suelen basarse en cloruro potásico, que deja un regusto amargo y metálico muy reconocible. El gluconato sódico ayuda a redondear ese sabor y a que el producto reducido en sodio no sepa raro. Por eso figura en la categoría de sustitutos de la sal y en tantos elaborados que presumen de llevar menos sal de la habitual.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2015/647 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2015. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.