BLOOMER de Ñaming Sandwich con pan con 12 cereales, relleno de pavo braseado 200 g.
25 aditivos
El E-575 es glucono-delta-lactona, un derivado de la glucosa con un truco muy apreciado: se disuelve casi neutro y va soltando acidez poco a poco. Ese goteo controlado acelera el curado de los embutidos, cuaja el tofu sedoso y funciona como impulsor de acción lenta en bollería. Apto para veganos.
Es la lactona del ácido glucónico, o dicho en cristiano: ácido glucónico en versión de liberación lenta. La molécula viene de la glucosa y no es ninguna rareza de laboratorio, porque aparece de forma natural en la miel, el vino o el zumo de frutas. Al disolverla en agua apenas cambia el sabor al principio, y con el tiempo y la temperatura se va transformando en su ácido, bajando el pH de manera gradual y predecible. En la etiqueta la verás como glucono-delta-lactona, gluconolactona, GDL o E575, normalmente clasificada como acidulante o estabilizante según el producto.
Su gracia está en acidificar sin prisa. En los fiambres y embutidos baja el pH de forma controlada, lo que acelera el curado y ayuda a que el color se desarrolle antes; por eso suele ir de la mano del nitrito. En bollería y repostería actúa como componente ácido de impulsores de acción lenta: no reacciona en el bol, sino en el horno, justo cuando interesa. Cuaja el tofu sedoso y algunos quesos frescos con una textura fina que otros coagulantes no consiguen, y en noodles, surimi o productos de patata ajusta la acidez y ayuda a conservar. Un aditivo discreto que hace de relojero del pH.
Se obtiene de la glucosa, casi siempre procedente de almidón de maíz. El proceso habitual es una fermentación o una oxidación enzimática que convierte la glucosa en ácido glucónico, del que después se cristaliza la lactona. Es el mismo tipo de proceso con el que se fabrican el vinagre o el ácido cítrico industrial: microorganismos trabajando sobre azúcares vegetales. No interviene nada de origen animal en ningún paso, así que es apto para veganos y vegetarianos sin letra pequeña. De hecho, es el cuajante estrella del tofu japonés más delicado, un producto vegano de manual.
Está en el Grupo I, el club de los aditivos que la norma admite en una lista larguísima de alimentos, en general a la cantidad necesaria para hacer su trabajo o compartiendo el tope de su grupo. Su autorización abarca desde lácteos fermentados, quesos y helados hasta pan, pasta, cereales, productos cárnicos, pescado elaborado y conservas vegetales, con alguna excepción puntual que sí lleva cifra propia. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma protege sin aditivos, como la leche, la miel o los alimentos para bebés. Las cantidades exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 | quantum satis | solo mozzarella |
| 01.7.2 Queso curado | quantum satis | |
| 01.7.4 Requesón | quantum satis | |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) | quantum satis | solo productos curados; productos a base de queso blando fresco para untar |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.3 Frutas y hortalizas en conserva | quantum satis | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.1 Pastas alimenticias frescas | quantum satis | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.3 Pastas alimenticias frescas precocidas | quantum satis | |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.4.1 Edulcorantes de mesa líquidos | quantum satis | |
| 11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo | quantum satis | |
| 11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos | quantum satis | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | 5 g/kg | solo galletas y bizcochos (42) |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
BLOOMER de Ñaming Sandwich con pan con 12 cereales, relleno de pavo braseado 200 g.
25 aditivos
ÑAMING Sándwich de pan blanco, relleno de salsa de cangrejo 130 g.
23 aditivos
ÑAMING Delicious club bacon Sándwich de pan con cereales relleno de bacon, jamón cocido, huevo, lechuga y salsa BBQ 200 g.
22 aditivos
ÑAMING Sandwich de pan multicereales con bacon y huevo ÑAMING Club selección 150 g.
20 aditivos
HNOS. JUAN Rosquillas rellenas de crema 184 g.
18 aditivos
Empanadilla de hojaldre rellena de bacon y queso AZCARAY 225 gr
16 aditivos
Empanada de bacon y queso 450 g.
16 aditivos
AUCHAN Ensaladilla de sucedáneo de cangrejo, lista para tomar 250 g. Producto Alcampo
15 aditivos
AUCHAN Ensaladilla de sucedáneo de cangrejo, lista para tomar 450 g. Producto Alcampo
15 aditivos
Perrito de pollo y patata al estilo coreano Bibigo 200 g.
12 aditivos
COVAP Tabla de embutidos ibéricos, cortados en lonchas COVAP Esenciaúnica 130 g.
12 aditivos
COR Leyenda ibérica Chorizo vela ibérico 200 g.
12 aditivos
34
Alcampo · 74 %
5
Dia · 11 %
5
Carrefour · 11 %
2
Mercadona · 4 %
Costilla ibérica fresca Carrefour 900 g aprox
sin aditivos
Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox
sin aditivos
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
Panceta de cerdo en filetes Carrefour El Mercado 1 kg aprox
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Glucono-delta-lactona |
| También conocido como | Glucono-delta-lactone |
| Número E | E 575 |
| Wikidata | Q114174 |
El E-575 es glucono-delta-lactona, un derivado de la glucosa con un truco muy apreciado: se disuelve casi neutro y va soltando acidez poco a poco. Ese goteo controlado acelera el curado de los embutidos, cuaja el tofu sedoso y funciona como impulsor de acción lenta en bollería. Apto para veganos.
Lo relevante aquí es qué hace el cuerpo con él: en cuanto se disuelve, la glucono-delta-lactona se convierte en ácido glucónico, una sustancia que ya está presente de forma natural en muchos alimentos y que el organismo metaboliza sin dificultad, como un carbohidrato más. No es de esos aditivos que arrastran polémica ni titulares. La propia norma lo trata con manga ancha: está en el Grupo I, el reservado a los aditivos que pueden usarse a la cantidad necesaria en la mayoría de categorías, algo que el legislador europeo no concede a las sustancias que le preocupan. Si lo ves en un jamón cocido o en un bizcocho envasado, su papel es técnico, controlar la acidez, no enmascarar nada. Lo que diga de la calidad del producto lo cuentan mejor el resto de ingredientes de la lista.
La norma europea lo autoriza en 76 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 5 g/kg en la categoría Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.
Lo hemos encontrado en 46 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (34 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-575 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
Porque son un buen equipo. El nitrito necesita un medio ácido para desarrollar el color rosado del curado, y la glucono-delta-lactona baja el pH de forma gradual, sin el golpe brusco de un ácido normal, que estropearía la textura de la carne. El resultado es un curado más rápido y uniforme. Verlos juntos en la etiqueta de un embutido es una combinación de manual, no una señal de alarma.
Son la misma sustancia en dos momentos distintos. El E-574 ya es el ácido y actúa desde el primer segundo; el E-575 es su forma enroscada en anillo, que al disolverse se va abriendo poco a poco hasta convertirse en ese mismo ácido. Esa lentitud es justo lo que busca la industria: acidez programada en lugar de acidez inmediata. Por eso el E-575 se usa muchísimo más.
Sí, molécula idéntica. En cosmética la gluconolactona es un polihidroxiácido (PHA), un exfoliante suave que se vende como alternativa amable a los alfahidroxiácidos. Que la misma sustancia cuaje tu tofu y exfolie tu piel no dice nada malo de ninguna de las dos cosas: solo que es un ácido versátil, de origen vegetal y bien tolerado en ambos mundos.