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alimentos y aditivos

E-524 — Hidróxido de sodio

El E-524 es hidróxido de sodio, la sosa cáustica de toda la vida en versión alimentaria. Es lo que da a los pretzels su corteza marrón y brillante y lo que oscurece y suaviza el cacao. Suena agresivo, pero en el alimento no queda como tal: reacciona, se neutraliza y desaparece.

Autorizado en la UE Apto para veganos 50 productos reales

Qué es

Es una base fuerte, probablemente la más conocida de la química: la sosa cáustica. En alimentación se usa una calidad purificada y funciona como corrector de acidez, es decir, sube el pH cuando un proceso lo necesita. Su uso en comida no es ningún invento moderno: los pretzels alemanes se bañan en sosa desde hace siglos, y el cacao alcalinizado, el de color oscuro y sabor suave, se hace con este truco desde el siglo XIX. En la etiqueta aparece como hidróxido de sodio, hidróxido sódico o E524, casi siempre precedido de la palabra corrector de acidez.

Para qué sirve

Para ajustar la acidez hacia arriba, que es menos frecuente que hacia abajo pero igual de útil. En el cacao y el chocolate neutraliza la acidez natural del grano, oscurece el color y redondea el sabor. En los pretzels y algunos panes especiales, un baño alcalino antes del horno dispara la reacción de Maillard y produce esa corteza marrón, lisa y brillante que no se consigue de ninguna otra manera. También ayuda a pelar frutas y hortalizas, a preparar aceitunas de mesa y a dar textura a los fideos orientales. Lo verás en helados, postres, cereales de desayuno y bollería, casi siempre en cantidades mínimas.

De dónde se obtiene

Es mineral y de síntesis: se obtiene por electrólisis de salmuera, es decir, pasando corriente eléctrica por agua con sal común. Del proceso salen a la vez sosa, cloro e hidrógeno, y es una de las industrias químicas más grandes del mundo, porque la sosa se usa para fabricar desde papel hasta jabón. Antiguamente se producía tratando carbonato de sodio con cal. No interviene nada de origen animal en ningún punto, así que es apto para veganos y vegetarianos sin matices. La versión alimentaria es la misma molécula que la industrial, solo que con requisitos de pureza mucho más estrictos.

Qué dice la normativa

Pertenece al Grupo I, la lista de aditivos admitidos con carácter general, y además la norma lo autoriza junto a sus hermanos hidróxidos como familia. En la práctica eso se traduce en una lista larguísima de alimentos: lácteos, chocolate, pan, pasta, productos cárnicos, confitería. En la gran mayoría de los casos va por dosis de grupo o a la cantidad necesaria, sin un tope propio, porque su papel es reaccionar y neutralizarse, no quedarse. La autorización se ha ido retocando con los años, la última vez con el Reglamento (UE) 2025/2058. El detalle categoría a categoría está en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 74 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.10 Bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad quantum satis solo para ajustar el pH
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
01.9 Caseinatos alimentarios quantum satis
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.2 Confituras, jaleas, marmalades y crema de castañas, tal como se definen en la Directiva 2001/113/CE quantum satis
04.2.5.3 Otras frutas u hortalizas similares para untar quantum satis
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como E 524-528 70 g/kg (*)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 quantum satis solo para ajustar el pH en alimentos y alimentos infantiles a base de cereales
13.1.5.1 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013, destinados a lactantes quantum satis solo para ajustar el pH
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (1)
  • 05.1 (*) E 170, E 500-504, E 524-528 y E 530: 7 % en materia seca sin grasa, expresada como carbonatos de potasio

En qué alimentos está de verdad sobre 50 productos del catálogo

Helados
4
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
7
Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE
22
Cereales de desayuno
1
Pan y panes especiales
1
Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería
12
Café y extractos de café
3

Productos que lo llevan 50 en el catálogo

Tarta infantil Paw Patrol Hacendado congelada

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Tarta infantil cantantes Hacendado congelada

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Tarta selva negra Hacendado congelada

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MELS Bracito cacao fresa 175 gr.

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CODAN Bizcochito canelos 8 uds. 200 g.

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CODAN Mini magdalenas brownie 200 g.

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CODAN Mini magdalenas canelos 200 g.

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MILKA Bombones caja mixta favoritos 158 gr.

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6 aditivos

Ver los 50 productos con E-524 →

Reparto por supermercado

29

Alcampo · 58 %

9

Dia · 18 %

6

Carrefour · 12 %

6

Mercadona · 12 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.

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AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.

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sin aditivos

Mousse de cappuccino alto en proteínas Valio Profeel Protein sin lactosa y sin azúcar añadido 150 g.

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VALIO PROTEIN · Carrefour

sin aditivos

Pudding de vainilla con galletas Arla Protein sin lactosa 200 g.

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ARLA PROTEIN · Carrefour

sin aditivos

Mousse proteico sabor vainilla Carrefour Sensation 200 g.

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CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Café molido tueste classico Illy bote 250 g.

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ILLY · Carrefour

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEHidróxido de sodio
También conocido comoHidróxido sódico
También conocido comoSodium hydroxide
Número EE 524
WikidataQ102769

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-524 y para qué se usa?

El E-524 es hidróxido de sodio, la sosa cáustica de toda la vida en versión alimentaria. Es lo que da a los pretzels su corteza marrón y brillante y lo que oscurece y suaviza el cacao. Suena agresivo, pero en el alimento no queda como tal: reacciona, se neutraliza y desaparece.

¿Es malo el E-524?

La pregunta tiene truco, porque el hidróxido de sodio concentrado es corrosivo: el riesgo real existe, pero es de manipulación en fábrica, no de consumo. Cuando se añade a un alimento, reacciona con los ácidos presentes y se convierte en sales inocuas y agua; en el producto final no queda sosa libre, porque si quedara el alimento sería incomible, literalmente. Es el mismo principio que el de los pretzels: la masa se baña en sosa, el horno hace su trabajo y lo que te comes es una corteza tostada, no una base cáustica. Por eso la norma lo trata con tanta manga ancha, dejándolo casi siempre a la cantidad necesaria: se usa lo justo para ajustar el pH y ahí acaba su historia. Es de los aditivos que asustan por el nombre mucho más que por lo que hacen.

¿En qué alimentos se puede usar el E-524?

La norma europea lo autoriza en 73 categorías de alimentos, entre ellas bebidas a base de leche y productos similares destinados a niños de corta edad, productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-524?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 70 g/kg en la categoría Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-524?

Lo hemos encontrado en 50 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (29 productos).

¿El E-524 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-524 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Es la misma sosa cáustica que se vende para desatascar tuberías?

Químicamente sí, es la misma molécula. La diferencia está en la pureza: la calidad alimentaria tiene que cumplir especificaciones estrictas sobre metales pesados y otras impurezas que a un desatascador le dan igual. Y sobre todo cambia el contexto: en la tubería actúa concentrada y corrosiva; en el alimento se usa muy diluida, reacciona y se neutraliza antes de llegar a tu plato.

¿Por qué los pretzels son marrones y brillantes?

Por un baño de sosa. Antes de hornearse, la masa se sumerge unos segundos en una disolución alcalina, y ese pH alto acelera la reacción de Maillard en la superficie: el resultado es esa corteza oscura, lisa y con sabor característico que un pan normal no consigue. En el horno la sosa reacciona por completo y lo que queda es corteza tostada, nada más.

¿En qué se diferencia del E-525?

Son casi gemelos. El E-525 es hidróxido de potasio: hace exactamente lo mismo, subir el pH, pero aporta potasio en lugar de sodio. La norma los agrupa en la misma familia de hidróxidos y en muchos usos son intercambiables. El de sodio es más habitual porque es más barato de producir; el de potasio interesa cuando se quiere evitar añadir sodio al producto.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2016/691 DE LA COMISIÓN de 4 de mayo de 2016. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.