Postre de tiramisu, 80g.
26 aditivos
El E-472b son los ésteres lácticos de mono y diglicéridos, un emulgente especialista en espumas: es el que ayuda a que la nata montada industrial, los helados y las coberturas batidas atrapen aire y no se vengan abajo. Y ojo al nombre: lo de láctico no tiene nada que ver con la leche.
Es un pariente directo del E-471: se toman monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos y se les une ácido láctico, el mismo que producen las bacterias del yogur o nuestros músculos al hacer ejercicio. El resultado es una molécula a medio camino entre una grasa y un ácido, y esa doble naturaleza es justo lo que la hace útil. En la industria se le conoce por el acrónimo LACTEM, y en la etiqueta aparece como ésteres lácticos de mono- y diglicéridos de ácidos grasos o simplemente E472b, casi siempre precedido de la palabra emulgente. Forma parte de la familia E-472, seis hermanos que se diferencian por el ácido que llevan enganchado.
Como todo emulgente, ayuda a que agua y grasa convivan sin separarse, pero su especialidad es otra: estabilizar el aire. Cuando se bate una nata, un topping o la mezcla de un helado, se forman burbujas que tienden a escaparse; el E-472b refuerza la película que las rodea y consigue espumas firmes que aguantan el transporte y el tiempo en el congelador. Por eso lo verás sobre todo en helados, natas y natas en polvo, postres y coberturas batidas, y también en bollería, chocolate o quesos fundidos, donde mejora la textura. Suele trabajar en equipo con el E-471, su materia prima, y con estabilizantes como los carragenanos o la goma xantana.
Tiene dos ingredientes de partida y ninguno viene de la leche. Las grasas pueden ser vegetales, muchas veces de palma o soja, o animales, según el fabricante; el ácido láctico se obtiene por fermentación de azúcares, igual que el del chucrut. Esa primera pieza es la que deja la duda: si el producto no lo aclara, no hay forma de saber por la etiqueta si es apto para veganos, porque el código E472b es el mismo en ambos casos. En la práctica, la mayor parte de la producción actual usa grasas vegetales, pero si sigues una dieta vegana estricta la única vía segura es preguntar a la marca o buscar el sello correspondiente.
Está incluido en el Grupo I, el gran cajón de aditivos que la norma admite en una lista larga de categorías de alimentos, desde los lácteos fermentados hasta el pan, la bollería, los helados o los productos cárnicos. Casi todas sus autorizaciones van por esa vía de grupo, y solo en algún caso concreto tiene una cifra propia. Como el resto del Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener limpios de aditivos, como la leche, la miel o los alimentos para bebés. Su lista de usos se ha retocado varias veces, la última con el Reglamento (UE) 2025/2058. Las cifras exactas, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.6.3 Otras natas · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I | la del grupo | excepto mozzarella |
| 01.7.5 Queso fundido · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I | la del grupo | |
| 01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I | la del grupo | |
| 02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I | la del grupo | |
| 03 Helados · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I | la del grupo | Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I | la del grupo | |
| 04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I | la del grupo | solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I | la del grupo | las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina |
| 05.3 Chicle · como Grupo I | la del grupo | |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I | la del grupo | Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas |
| 06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I | la del grupo | excepto ñoquis de patata frescos refrigerados |
| 06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.6 Masa para rebozar · como Grupo I | la del grupo | |
| 06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I | la del grupo | excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2 |
| 07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | |
| 08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I | la del grupo | excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I | la del grupo | |
| 09.3 Huevas · como Grupo I | la del grupo | solo huevas elaboradas |
| 10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.4 Mostaza · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.5 Caldos y sopas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.6 Salsas · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I | la del grupo | |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.1.3 Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | 5 g/kg | solo galletas, bizcochos, alimentos y alimentos infantiles a base de cereales (22) |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I | la del grupo | |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I | la del grupo | |
| 14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I | la del grupo | solo jugos de legumbres u hortalizas |
| 14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I | la del grupo | solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I | la del grupo | no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos |
| 14.1.5.2 Otros · como Grupo I | la del grupo | excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.5 Hidromiel · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I | la del grupo | excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I | la del grupo | no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968 |
| 15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I | la del grupo | |
| 15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I | la del grupo | |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I | la del grupo | |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I | la del grupo | |
| 18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I | la del grupo | Incluida la pasta seca |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
Postre de tiramisu, 80g.
26 aditivos
Tarta de la abuela Hacendado congelada
25 aditivos
Postre bombón, 80g.
23 aditivos
Roscón relleno 250 g.
22 aditivos
Postre tres chocolates, 80g.
21 aditivos
CODAN Roscón de Reyes relleno 420 g.
19 aditivos
Tarta corazón avellana 325 gr.
19 aditivos
CODAN Roscón de Reyes relleno 1,2 kg.
19 aditivos
CODAN Roscón de Reyes relleno 800 g.
19 aditivos
NOKU Mochi cheesecake 210 g.
18 aditivos
MEXIFOODS Salsa de queso 300 g.
18 aditivos
Tarta de queso congelada Dia Caprichoso 880 g
17 aditivos
77
Alcampo · 67 %
15
Dia · 13 %
13
Carrefour · 11 %
10
Mercadona · 9 %
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.
sin aditivos
AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.
sin aditivos
ROTTALER Nata agria (24 % de materia grasa), ideal para cocinar ROTTALER 200 g.
sin aditivos
Tomate para untar Hacendado con aceite de oliva
sin aditivos
Mousse de cappuccino alto en proteínas Valio Profeel Protein sin lactosa y sin azúcar añadido 150 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Ésteres lácticos de monoglicéridos y diglicéridos de ácidos grasos |
| También conocido como | Lactic acid esters of mono- and diglycerides of fatty acids |
| Número E | E 472b |
| Wikidata | Q18967238 |
El E-472b son los ésteres lácticos de mono y diglicéridos, un emulgente especialista en espumas: es el que ayuda a que la nata montada industrial, los helados y las coberturas batidas atrapen aire y no se vengan abajo. Y ojo al nombre: lo de láctico no tiene nada que ver con la leche.
Lo tranquilizador aquí es lo que pasa cuando te lo comes: el cuerpo lo descompone en glicerol, ácidos grasos y ácido láctico, tres sustancias que ya maneja a diario porque están en cualquier grasa y en cualquier yogur. No hay una molécula extraña que el organismo no sepa procesar, y eso explica que la norma lo tenga en el Grupo I, el de los aditivos con menos restricciones de uso. La pega real no es toxicológica sino de contexto: es un emulgente típico de productos muy elaborados, así que verlo en una etiqueta suele decir más del tipo de producto que tienes delante que del aditivo en sí. Si te preocupa el origen de la grasa, sea por dieta vegana o por el aceite de palma, ahí sí toca mirar más allá del número E, porque el código no lo distingue.
La norma europea lo autoriza en 68 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 5 g/kg en la categoría Alimentos elaborados a base de cereales y alimentos infantiles, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013.
Lo hemos encontrado en 115 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (77 productos).
Depende del fabricante: el E-472b puede obtenerse tanto de origen vegetal como animal, y la etiqueta no suele precisarlo.
No. El apellido láctico despista, pero se refiere al ácido láctico, que se obtiene fermentando azúcares y no tiene nada que ver con la leche de vaca. Un producto con E-472b no contiene lactosa ni proteínas lácteas por culpa de este aditivo, así que los alérgicos a la leche pueden estar tranquilos por esta vía. Si el producto lleva leche, será por otros ingredientes.
El E-471 es la base: monoglicéridos y diglicéridos a secas. Los E-472 son ese mismo emulgente con un ácido enganchado, y la letra indica cuál: la a es acético, la b láctico, la c cítrico, la e tartárico. Cada ácido cambia el comportamiento: el E-472b destaca aireando espumas, mientras que el E-472e, por ejemplo, es el favorito de las masas de pan.
Porque su punto fuerte es sujetar las burbujas de aire. Un helado o un topping batido son, en esencia, espumas de grasa, y sin ayuda ese aire se escapa y el producto se apelmaza. El E-472b refuerza la pared de cada burbuja y la textura aguanta el congelador, el transporte y el rato en tu mesa. Verlo junto al E-471 y los carragenanos es la firma clásica de estos productos.