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alimentos y aditivos

E-470a — Sales sódicas, potásicas y cálcicas de ácidos grasos · Emulgente

El E-470a son sales de sodio, potasio o calcio de ácidos grasos: la misma química del jabón de toda la vida, puesta a trabajar en la comida. Hace de emulgente y estabilizante en helados, bollería o queso fundido, y la norma lo deja usar a la cantidad necesaria, sin tope numérico.

Autorizado en la UE Vegano: depende del origen Emulgente Estabilizante Espesante 54 productos reales

Qué es

Coge una grasa cualquiera, separa sus ácidos grasos y neutralízalos con sodio, potasio o calcio: eso es el E-470a. Es exactamente la reacción con la que se fabrica el jabón desde hace milenios, la saponificación, solo que aquí el resultado se purifica para uso alimentario. Según el mineral y el ácido graso concreto, la sustancia puede ser estearato sódico, estearato cálcico, palmitato potásico y otras combinaciones parecidas; el código las agrupa todas. En la etiqueta lo verás como sales de ácidos grasos o directamente E470a, casi siempre en la zona de los emulgentes y estabilizantes, en letra pequeña y en cantidades mínimas.

Para qué sirve

Su trabajo es hacer las paces entre el agua y la grasa, dos ingredientes que por naturaleza se repelen. Como emulgente, mantiene la mezcla unida y evita que un helado se vuelva arenoso o que una crema se corte; como estabilizante y espesante, da cuerpo y textura constante a lo largo de la vida del producto. Por eso aparece en helados, postres, bollería y galletas, queso fundido, coberturas de chocolate, chicles o preparados de carne. Rara vez va solo: suele trabajar en equipo con otros emulgentes como los mono y diglicéridos (E-471), que hacen una labor parecida y se complementan bien.

De dónde se obtiene

Aquí está la letra pequeña. Los ácidos grasos se obtienen de grasas y aceites, y esos pueden ser vegetales, como el aceite de palma, coco o soja, o animales, como el sebo. La etiqueta no distingue: pone E-470a y ya está, así que un vegano no puede saber a simple vista de dónde salió la grasa. Si el producto lleva sello vegano, el fabricante ha usado la versión vegetal; si no, es una incógnita. Lo mismo pasa con el aceite de palma: puede estar detrás o no, y solo el fabricante lo sabe. Es de los aditivos donde el certificado importa más que el número.

Qué dice la normativa

Está en el Grupo I de la Parte C, el club de los aditivos que la norma permite usar a la cantidad necesaria para lograr el efecto, sin fijarle un tope numérico. Eso le abre la puerta a una lista larguísima de categorías, desde los lácteos fermentados hasta el pan, el pescado elaborado o las hierbas y especias. Como todo el Grupo I, queda fuera de los alimentos que la norma quiere mantener limpios de aditivos, como la leche sin tratar, la miel o los alimentos para bebés. Varios reglamentos han ido retocando sus condiciones de uso, el más reciente de 2025. El detalle, categoría a categoría, está en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 69 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos quantum satis
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.1 Hierbas y especias quantum satis solo si están secas
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

En qué alimentos está de verdad sobre 54 productos del catálogo

Helados
4
Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4
3
Queso y productos derivados
1
Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería
43
Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004
2

Productos que lo llevan 54 en el catálogo

Tarta infantil sin gluten 750 g

Tarta infantil sin gluten 750 g

MARCA NACIONAL SIN MARCA · Carrefour

28 aditivos

Postre de tiramisu, 80g.

Postre de tiramisu, 80g.

PASTELERÍA · Alcampo

26 aditivos

Postre bombón, 80g.

Postre bombón, 80g.

PASTELERÍA · Alcampo

23 aditivos

Brazo congelado de trufa 240 g.

Brazo congelado de trufa 240 g.

PASTELERÍA · Alcampo

21 aditivos

Tarta de nata y yema 410g.

Tarta de nata y yema 410g.

PASTELERÍA · Alcampo

21 aditivos

Postre tres chocolates, 80g.

Postre tres chocolates, 80g.

PASTELERÍA · Alcampo

21 aditivos

Tarta selva negra 1400 g.

Tarta selva negra 1400 g.

PASTELERÍA · Alcampo

18 aditivos

Postre San Marcos, 80g.

Postre San Marcos, 80g.

PASTELERÍA · Alcampo

17 aditivos

Bandeja con 2 trocitos de pastel de San Marcos PASTELERÍA 2 x 80 gr.

Bandeja con 2 trocitos de pastel de San Marcos PASTELERÍA 2 x 80 gr.

PASTELERÍA · Alcampo

17 aditivos

Tarta San Marcos 900 g.

Tarta San Marcos 900 g.

PASTELERÍA · Alcampo

17 aditivos

Ponche San Marcos 500 g.

Ponche San Marcos 500 g.

PASTELERÍA · Alcampo

17 aditivos

Tarta San Marcos, 500g.

Tarta San Marcos, 500g.

PASTELERÍA · Alcampo

17 aditivos

Ver los 54 productos con E-470a →

Reparto por supermercado

35

Alcampo · 65 %

16

Mercadona · 30 %

3

Carrefour · 6 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.

Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.

EL CUCO · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

ROLER Selección Bandeja de preparado de carne picada (burger meat) mixta (vacuno-cerdo) 400 g.

ROLER Selección Bandeja de preparado de carne picada (burger meat) mixta (vacuno-cerdo) 400 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UESales sódicas, potásicas y cálcicas de ácidos grasos
También conocido comoSales sódicas/ potásicas y cálcicas de ácidos grasos
También conocido comoSodium, potassium and calcium salts of fatty acids
Número EE 470a

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-470a y para qué se usa?

El E-470a son sales de sodio, potasio o calcio de ácidos grasos: la misma química del jabón de toda la vida, puesta a trabajar en la comida. Hace de emulgente y estabilizante en helados, bollería o queso fundido, y la norma lo deja usar a la cantidad necesaria, sin tope numérico.

¿Es malo el E-470a?

Piensa en lo que pasa cuando lo comes: la digestión lo separa en ácidos grasos, que el cuerpo metaboliza igual que la grasa de cualquier alimento, y en sodio, potasio o calcio, minerales que ya tomas a diario. No es una sustancia extraña para el organismo, y eso explica el trato que le da la norma: está en el Grupo I, el reservado a los aditivos de menor preocupación, y se permite sin tope numérico en muchísimas categorías. Las dudas razonables van por otro lado. Una es el origen de la grasa, que puede ser animal o de palma sin que la etiqueta lo aclare. Otra, que suele aparecer en productos muy procesados, donde lo relevante no es el emulgente sino todo lo demás que lleva el envase. Con esos datos, el juicio es tuyo.

¿En qué alimentos se puede usar el E-470a?

La norma europea lo autoriza en 69 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-470a?

La norma lo autoriza quantum satis: no fija un límite numérico, sino que permite usar solo la cantidad necesaria para lograr el efecto buscado, siguiendo las buenas prácticas de fabricación.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-470a?

Lo hemos encontrado en 54 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (35 productos).

¿El E-470a es apto para veganos?

Depende del fabricante: el E-470a puede obtenerse tanto de origen vegetal como animal, y la etiqueta no suele precisarlo.

¿Es verdad que el E-470a es jabón?

Químicamente, sí: las sales sódicas y potásicas de ácidos grasos son la base del jabón de toda la vida. Pero que no te asuste el titular. En un alimento va en cantidades minúsculas, purificado para uso alimentario, y su papel no es limpiar nada sino unir agua y grasa. Es la misma molécula haciendo un trabajo distinto, como la sal que sirve igual para cocinar que para deshacer hielo.

¿En qué se diferencia del E-470b?

Son hermanos con oficios distintos. El E-470b son las sales de magnesio de ácidos grasos, sobre todo el estearato de magnesio, y su especialidad es hacer de antiaglomerante: evitar que los polvos se apelmacen, por eso vive en comprimidos y edulcorantes de mesa. El E-470a usa sodio, potasio o calcio y trabaja de emulgente y estabilizante en productos con grasa y agua, como helados o bollería.

¿Por qué suele aparecer junto al E-471?

Porque son colegas de oficio. El E-471, los mono y diglicéridos de ácidos grasos, sale de las mismas materias primas y también es emulgente, pero cada uno estabiliza la mezcla de una forma ligeramente distinta, y combinados funcionan mejor que por separado. Verlos juntos en un helado o un bollo es la firma clásica de una textura cremosa que tiene que aguantar semanas en el lineal sin cortarse.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2015/647 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2015. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.