Tarta infantil 1000 g.
28 aditivos
El E-110 es el amarillo ocaso, un colorante sintético que da el naranja vivo de gominolas, refrescos de naranja, helados y bollería. Es uno de los seis colorantes que obligan a poner en la etiqueta una advertencia sobre la atención de los niños, y por eso cada vez se ve menos en el supermercado.
Los alimentos que contienen Amarillo ocaso FCF / anaranjado S deben indicar en la etiqueta: Amarillo ocaso FCF / anaranjado S (E-110): puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños. Lo establece el Anexo V del Reglamento (CE) n.º 1333/2008.
Un colorante azoico de síntesis, de la misma familia química que la tartrazina o el rojo allura, que da un color entre amarillo intenso y naranja según la cantidad y el medio. En la etiqueta puede aparecer como amarillo ocaso FCF, amarillo anaranjado S, anaranjado S o simplemente colorante E110. Lo de ocaso viene de su nombre inglés, Sunset Yellow: el naranja de una puesta de sol. Las siglas FCF significan for colouring food, una coletilla que distingue la versión de calidad alimentaria de otras variantes del mismo pigmento usadas en tintes industriales. Fue durante décadas uno de los colorantes más baratos y socorridos de la industria.
Para poner naranja donde no lo hay. Es estable frente al calor, la luz y el ácido, cosa que los naranjas naturales no siempre aguantan, y tiñe mucho con muy poco. Por eso ha sido el clásico de las bebidas con sabor a naranja, las gominolas, los chicles, los helados, la repostería decorada y los postres en polvo, y también aparece en sitios menos obvios como la mostaza, algunas salsas, rebozados o huevas de pescado. Rara vez trabaja solo: combinado con la tartrazina (E-102) afina el tono amarillo y con el rojo allura (E-129) construye rojos y naranjas intensos. Es pura cosmética alimentaria: no conserva, no da sabor, solo color.
Es de síntesis total: se fabrica en laboratorio a partir de compuestos aromáticos derivados del petróleo, mediante la química de los colorantes azoicos. No interviene nada de origen animal ni vegetal, así que no da ningún problema a veganos ni vegetarianos; su pega no va por ahí. Cuando una marca decide quitarlo, lo habitual es sustituirlo por naranjas de origen natural como los carotenos o el extracto de pimentón, que son más caros y menos estables pero permiten limpiar la etiqueta. Si un producto naranja chillón presume de colorantes naturales, casi seguro que antes llevaba esto.
La norma lo autoriza como colorante en una lista concreta de categorías: lácteos fermentados aromatizados, confitería, chicle, mostaza, salsas, pescado elaborado, postres, complementos alimenticios, bebidas aromatizadas y una colección notable de bebidas alcohólicas, de la sidra a los espirituosos. A diferencia de muchos colorantes, no pertenece a ningún grupo de la Parte C: cada autorización lleva su propio tope numérico, sin ningún uso a la cantidad necesaria. Además, todo alimento que lo contenga debe llevar la advertencia obligatoria de que puede afectar a la actividad y la atención de los niños. Los límites exactos, categoría a categoría, están en la tabla de esta página.
| Categoría de alimento | Dosis máxima | Condiciones |
|---|---|---|
| 01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente | 5 mg/kg | (61) |
| 01.6.3 Otras natas | 5 mg/kg | Solo nata aromatizada (61) |
| 04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota | 35 mg/kg | Solo mostarda di frutta (61) |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 35 mg/kg | Solo frutas y hortalizas confitadas (61) |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 10 mg/kg | Excepto frutas y hortalizas confitadas; artículos de confitería a base de frutos secos o de cacao recubiertos de azúcar en forma de almendra o de oblea, por lo general de más de 2 cm de longitud y que suelen consumirse con motivo de celebraciones, como bodas, comuniones, etc. (61) |
| 05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento | 50 mg/kg | Solo artículos de confitería a base de frutos secos o de cacao recubiertos de azúcar en forma de almendra o de oblea, por lo general de más de 2 cm de longitud y que suelen consumirse con motivo de celebraciones, como bodas, comuniones, etc. (61) |
| 05.3 Chicle | 10 mg/kg | (61) |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 35 mg/kg | Solo decoraciones, recubrimientos y salsas, excepto rellenos (61) |
| 05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 | 35 mg/kg | Solo rellenos (61) |
| 06.6 Masa para rebozar | 35 mg/kg | (61) |
| 08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico | 15 mg/kg | Solo sobrasada |
| 08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne | 35 mg/kg | Solo decoraciones y recubrimientos, excepto los recubrimientos externos comestibles de pasturmas (61) |
| 09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos | 200 mg/kg | solo sucedáneos de salmón a base de Theragra chalcogramma, Pollachius virens y Clupea harengus (63) |
| 09.3 Huevas | 200 mg/kg | Excepto huevas de esturión (caviar) (61) |
| 12.4 Mostaza | 50 mg/kg | (61) |
| 12.6 Salsas | 30 mg/kg | Solo encurtidos y picalilli (64) |
| 12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 | 20 mg/kg | Solo sucedáneos de carne y pescado a base de proteínas vegetales (61) |
| 13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) | 10 mg/kg | (61) |
| 13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 | 10 mg/kg | (61) |
| 14.1.4 Bebidas aromatizadas | 20 mg/kg | Excepto leche con sabor a chocolate y productos de malta (61) |
| 14.2.3 Sidra y perada | 10 mg/kg | excepto cidre bouché, cydr jakościowy, perry jakościowe, cydr lodowy y perry lodowe (64) |
| 14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado | 10 mg/kg | excepto wino owocowe jakościowe (64) |
| 14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 | 100 mg/kg | excepto: bebidas espirituosas, tal como se definen en las categorías 1 a 17, 22, 36, 37 y 41 del anexo I del Reglamento (UE) 2019/787 (61) |
| 14.2.7.1 Vinos aromatizados | 50 mg/kg | Solo bitter vino (27) |
| 14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado | 50 mg/kg | solo bitter soda (61) |
| 14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas | 50 mg/kg | (61) |
| 14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % | 100 mg/kg | solo bebidas alcohólicas con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % (61) |
| 16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 | 5 mg/kg | (61) |
| 17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 10 mg/kg | Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (61)(69) |
| 17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad | 10 mg/kg | Período de aplicación: a partir del 1 de agosto de 2014 (61)(69) |
| 18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión | 10 mg/kg | (61) |
Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.
Tarta infantil 1000 g.
28 aditivos
DEKORA Piruleta nube y choco pollito y huevo de pascual 30 g.
13 aditivos
OH MY MEAL! Fun kit de cochinita pibil 500 g.
11 aditivos
DEKORA Piruleta chocolate mallow 30 g.
9 aditivos
ZARRO Spritz, aperitivo de botánicos y naranjas botella 75 cl.
6 aditivos
DEKORA Piruletas de pascua de chocolate con forma de conejitos 25 g.
5 aditivos
EL TIGRE Gasificante gaseosa sabor a naranja EL TIGRE 6 sbs. 32 g.
5 aditivos
Golosinas Fresi Pink Mix Hacendado
5 aditivos
POWERADE Bebida deportiva delantero botella 500 ml.
4 aditivos
GOURMET PASSION Cochinita pibil (relleno taco, gusi basado en carne de cerdo) 300 g.
4 aditivos
1880 Tarrina de helado de turrón con fruta de la pasión 430 ml.
3 aditivos
Monster Energy Bebida Energética Ultra Strawberry Dreams sin azúcar lata 500 ml.
3 aditivos
16
Alcampo · 80 %
2
Carrefour · 10 %
2
Mercadona · 10 %
Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.
sin aditivos
ALCAMPO CULTIVAMOS LO BUENO ECOLÓGICO Bandeja algas espagueti mar 50 g.
sin aditivos
AHIMSA Chorizo picante 100% vegetal, de agricultura ecológica 230 g.
sin aditivos
Seitán en lonchas ecológico Soria Natural 300 g.
sin aditivos
Guisantes con jamón y zanahoria Carrefour Extra 300 g.
sin aditivos
Piezas mediterráneas 100% Vegetal Sensational Garden Gourmet 160 g.
sin aditivos
| Denominación oficial en la UE | Amarillo ocaso FCF / anaranjado S |
| También conocido como | Amarillo anaranjado s |
| También conocido como | Sunset Yellow FCF/Orange Yellow S |
| Número E | E 110 |
| Wikidata | Q410095 |
El E-110 es el amarillo ocaso, un colorante sintético que da el naranja vivo de gominolas, refrescos de naranja, helados y bollería. Es uno de los seis colorantes que obligan a poner en la etiqueta una advertencia sobre la atención de los niños, y por eso cada vez se ve menos en el supermercado.
Su historia reciente la marca el estudio de Southampton de 2007, que observó que ciertas mezclas de colorantes con benzoato sódico podían asociarse a más hiperactividad en niños. La respuesta europea fue doble: exigir la advertencia en la etiqueta para el E-110 y otros cinco colorantes, y apretar sus condiciones de uso. Después, la EFSA reconsideró en 2014 la ingesta diaria admisible temporal que le había asignado y, con nuevos datos, fijó una definitiva más generosa, concluyendo que la exposición real queda por debajo incluso en los niños que más consumen. También se han descrito reacciones de intolerancia, como urticaria, en personas sensibles, aunque son poco frecuentes. El resultado práctico lo ves en el lineal: muchas marcas lo han sustituido para no cargar con la advertencia, y donde sigue, la etiqueta te avisa.
La norma europea lo autoriza en 28 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas, preparados de frutas y hortalizas, excepto compota. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.
Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 200 mg/kg en la categoría Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos.
Lo hemos encontrado en 20 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (16 productos).
Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-110 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.
El Anexo V del Reglamento (CE) 1333/2008 obliga a que los alimentos con este colorante incluyan la mención "puede tener efectos negativos sobre la actividad y la atención de los niños".
Son primos hermanos: los dos son colorantes azoicos de síntesis y los dos llevan la advertencia sobre la atención de los niños. La diferencia es el tono. La tartrazina da un amarillo limón y el amarillo ocaso tira a naranja. Por eso suelen ir juntos en la misma etiqueta: mezclándolos, el fabricante ajusta el color exacto que busca, del amarillo huevo al naranja de refresco.
Porque la advertencia obligatoria en la etiqueta hizo que muchas marcas lo retiraran voluntariamente: nadie quiere una frase sobre la atención de los niños en un producto pensado para niños. Lo habitual es sustituirlo por carotenos o extracto de pimentón, que dan naranjas parecidos con etiqueta más amable. Donde más resiste es en productos baratos y en confitería muy coloreada.
Es el nombre clásico que arrastra de la industria de colorantes, de cuando cada pigmento se conocía por su denominación comercial. La norma europea mantiene las dos formas, amarillo ocaso FCF y anaranjado S, para nombrar exactamente la misma sustancia. En la etiqueta puedes encontrarte cualquiera de ellas, o directamente el número E110, y en los tres casos es este colorante.