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alimentos y aditivos

E-553a — Silicato magnésico

El E-553a es silicato magnésico, un antiaglomerante mineral cuyo trabajo es que los polvos sigan siendo polvos: gracias a él la sal cae del salero y el edulcorante de sobre no se convierte en una piedra. Es el hermano sintético del talco (E-553b) y, como él, atraviesa el cuerpo sin que este le haga mucho caso.

Autorizado en la UE

Qué es

Un compuesto de magnesio y sílice, los mismos elementos que forman buena parte de las rocas del planeta, pero fabricado en planta química en lugar de sacado de una mina. Es un polvo blanco, muy fino y prácticamente insoluble, sin sabor ni olor, que no reacciona con casi nada: justo lo que se busca en un aditivo que solo debe estar ahí físicamente, sin intervenir en el alimento. En la etiqueta aparece como silicato magnésico, silicato de magnesio o E553a, y a veces la lista de ingredientes pone E 553 a secas, porque comparte número con el talco y la norma suele tratarlos en bloque.

Para qué sirve

Es un antiaglomerante: sus partículas se cuelan entre los granos de un producto en polvo, absorben la humedad y evitan que se peguen entre sí. Por eso está en la sal fina y sus sustitutos, en edulcorantes de mesa, en condimentos y sazonadores, en el azúcar glas de las coberturas y en el queso rallado, que sin él acabaría hecho pegotes en la bolsa. En los complementos alimenticios tiene un papel extra: facilita que el polvo fluya por la maquinaria y se prense bien en comprimidos. También aparece en el chicle, donde hace de antiadherente, y en algún aerosol de aceite para freír.

De dónde se obtiene

Totalmente mineral. Se obtiene por síntesis, haciendo reaccionar silicato de sodio con una sal de magnesio, y de esa reacción precipita el polvo blanco que luego se lava y se seca. Los ingredientes de partida vienen de la roca, no de ningún ser vivo, así que no plantea ningún problema a veganos ni vegetarianos. Esa fabricación en planta es lo que lo distingue de su pariente el talco (E-553b), que es el mismo compuesto pero extraído directamente de yacimientos naturales y molido: la versión sintética permite controlar mejor la pureza y el tamaño de partícula.

Qué dice la normativa

La norma casi nunca lo autoriza solo: va en bloque con toda la familia de los silicatos (E 551-553), con la que comparte los grupos de dióxido de silicio y silicatos de la Parte C. Su lista de usos es la que cabría esperar de un antiaglomerante: sal y sustitutos, edulcorantes de mesa, condimentos, quesos, chicle, confitería y complementos alimenticios, más una autorización transversal para alimentos en polvo y en forma de comprimidos de cualquier categoría. En unas categorías va con tope y en otras a la cantidad necesaria, y su ficha se ha retocado con varios reglamentos, el más reciente el Reglamento (UE) 2018/1497. Las cifras exactas están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 20 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
0 Todas las categorías de alimentos · como E 551-553 10 g/kg solo para alimentos en forma de polvo seco (como los secados durante el proceso de fabricación y sus mezclas), excepto los que figuran en el cuadro 1 de la parte A del presente anexo (1) (57)
0 Todas las categorías de alimentos · como E 551-553 quantum satis solo para alimentos en comprimidos y grageas, excepto los que figuran en el cuadro 1 de la parte A del presente anexo (1)
01.7.2 Queso curado · como E 551-553 10 g/kg solo queso duro y semiduro en lonchas o rallado Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.7.5 Queso fundido · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como E 551-553 10 g/kg solo productos en lonchas o rallados a base de queso duro o semiduro Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como E 551-553 10 g/kg solo sucedáneos de queso en loncha o rallados y sucedáneos de queso fundido; blanqueadores de bebidas Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como E 551-553 30 g/kg solo grasas para untar los moldes de repostería Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como E 551-553 30 g/kg solo grasas para untar los moldes de repostería Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como E 551-553 quantum satis solo tratamiento de superficie Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
05.3 Chicle quantum satis solo para tratamiento de superficie
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como E 551-553 quantum satis solo tratamiento de superficie Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 551-553 quantum satis solo alimentos en forma de comprimidos y grageas Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.1 Azúcares y jarabes, tal como se definen en la Directiva 2001/111/CE · como E 551-553 10 g/kg solo alimentos deshidratados en polvo Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.4.2 Edulcorantes de mesa en polvo · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
11.4.3 Edulcorantes de mesa en comprimidos · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.1.1 Sal · como E 551-553 10 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.1.2 Sustitutos de la sal · como E 551-553 20 g/kg Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
12.2.2 Condimentos y aderezos · como E 551-553 30 g/kg solo aderezos Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014 (1)
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como E 551-553 quantum satis Período de aplicación: a partir del 1 de febrero de 2014

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

Notas al pie de la norma (12)
  • 0 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 0 (57) Se aplica la dosis máxima, salvo si los puntos 01 a 18 del presente anexo indican una dosis máxima distinta para determinados alimentos o categorías de alimentos.
  • 01.7.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.7.5 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.7.6 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 01.8 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 02.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 02.3 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 05.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.1 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 11.4.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.
  • 12.2.2 (1) Los aditivos podrán añadirse solos o combinados.

Otros nombres

Denominación oficial en la UESilicato magnésico
También conocido comoMagnesium silicate
Número EE 553a

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-553a y para qué se usa?

El E-553a es silicato magnésico, un antiaglomerante mineral cuyo trabajo es que los polvos sigan siendo polvos: gracias a él la sal cae del salero y el edulcorante de sobre no se convierte en una piedra. Es el hermano sintético del talco (E-553b) y, como él, atraviesa el cuerpo sin que este le haga mucho caso.

¿Es malo el E-553a?

Es de los aditivos más inertes que existen: prácticamente no se disuelve ni se absorbe, así que entra y sale del tubo digestivo sin apenas interactuar con nada. Ese perfil explica que lleve décadas autorizado sin sobresaltos. Lo que sí ha pasado con toda la familia de los silicatos es que la EFSA, al revisarla, echó en falta datos, sobre todo sobre el tamaño de las partículas y la posible fracción de escala nanométrica, y pidió especificaciones más estrictas antes de dar el expediente por cerrado. No es una alarma sobre un daño detectado, sino una petición de mejores deberes al fabricante. Ojo con no mezclar debates: las polémicas del talco vienen de su inhalación en polvos cosméticos, un escenario que no tiene nada que ver con comer una pizca en la sal.

¿En qué alimentos se puede usar el E-553a?

La norma europea lo autoriza en 18 categorías de alimentos, entre ellas todas las categorías de alimentos, queso curado, queso fundido. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿Cuál es la dosis máxima permitida de E-553a?

Depende del alimento: la norma fija un máximo distinto en cada categoría. El valor más alto que recoge el Anexo II del Reglamento (CE) 1333/2008 es de 30 g/kg en la categoría Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas. En algunos alimentos se autoriza quantum satis, es decir, sin límite numérico, usando solo la cantidad necesaria.

¿En qué se diferencia el E-553a del talco (E-553b)?

Químicamente son casi lo mismo, silicato de magnesio, pero llegan por caminos opuestos. El talco es el mineral natural: se extrae de yacimientos y se muele. El E-553a se fabrica por síntesis, lo que da un producto más controlado en pureza y tamaño de partícula. Hacen el mismo trabajo antiaglomerante y por eso comparten número con letras distintas; en muchas categorías la norma los autoriza juntos y el fabricante elige.

¿El silicato magnésico aporta magnesio?

No, y es un malentendido comprensible por el nombre. Al ser prácticamente insoluble, el cuerpo apenas puede extraerle nada: pasa de largo. Si un complemento alimenticio presume de aportar magnesio, será por otro ingrediente, como el óxido o el citrato de magnesio, no por este antiaglomerante, que solo está ahí para que el comprimido se fabrique bien y el polvo no se apelmace.

¿Es lo mismo que el E-551?

No, pero son primos hermanos. El E-551 es dióxido de silicio, sílice sin magnesio, y cumple exactamente la misma función antiaglomerante. La norma los trata en bloque, del E 551 al E 553, con topes que a menudo se aplican al conjunto, así que en la práctica son intercambiables y verás uno u otro según la receta del fabricante. En una misma gama de especias puedes encontrar los dos.

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2016/324 DE LA COMISIÓN de 7 de marzo de 2016. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 380/2012 DE LA COMISIÓN de 3 de mayo de 2012. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2018/1497 DE LA COMISIÓN de 8 de octubre de 2018. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.