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alimentos y aditivos

E-425 — Konjac · Soporte

El E-425 es el konjac, la fibra de un tubérculo asiático capaz de absorber muchísima agua: por eso espesa, estabiliza y da cuerpo desde helados hasta productos cárnicos. Es el mismo material de los fideos shirataki y uno de los pocos aditivos con un uso expresamente prohibido, no por toxicidad, sino por riesgo de atragantamiento.

Autorizado en la UE Apto para veganos Soporte Emulgente Humectante 19 productos reales

Qué es

Es la fibra soluble que se extrae del tubérculo de la planta konjac, un pariente de las calas que se cultiva en Asia oriental. En Japón se come desde hace siglos como konnyaku, una pasta gelatinosa, y de ahí salen también los fideos shirataki. Como aditivo tiene dos formas bajo el mismo número: la goma de konjac, que es la harina del tubérculo purificada, y el glucomanano de konjac, la fibra aún más refinada. En la etiqueta lo verás como konjac, goma konjac, glucomanano o E425, casi siempre en la zona de los espesantes y estabilizantes.

Para qué sirve

Para espesar y dar textura con muy poca cantidad, porque es de los hidrocoloides que más agua retienen. En productos cárnicos y de pescado elaborados ayuda a que la pieza quede jugosa y no suelte líquido; en helados y postres lácteos aporta cremosidad; en bollería y rellenos mantiene la humedad, y en queso fundido da untuosidad. Su truco favorito es trabajar en equipo: combinado con otras gomas, como la goma guar o las algas Eucheuma transformadas, forma geles más firmes que los que consigue cada una por separado. Por eso rara vez aparece solo en una etiqueta.

De dónde se obtiene

Cien por cien vegetal: se obtiene del tubérculo de la planta konjac, que se cultiva sobre todo en China y Japón. El tubérculo se seca, se muele y de esa harina se separa la fibra, el glucomanano, que es la parte que interesa. No interviene nada de origen animal, así que es apto para veganos y vegetarianos sin matices. Te puede sonar el glucomanano de otro sitio: es la misma fibra que se vende en herbolarios como complemento saciante. Como aditivo cumple otra función, la de espesar el alimento, pero la sustancia es la misma.

Qué dice la normativa

Está en el Grupo I, el de los aditivos de uso más amplio, pero con una peculiaridad: mientras la mayoría de ese grupo se usa a la cantidad necesaria, el konjac tiene un tope propio que se aplica en todas sus categorías, que son una lista larga: lácteos, helados, bollería, cárnicos, pescado elaborado, salsas y muchas más. Y tiene prohibiciones expresas: no puede usarse en golosinas de gelatina en minicápsulas ni en alimentos deshidratados que se rehidratan al comerlos. El reglamento más reciente que lo toca es el Reglamento (UE) 2025/2058. Las cifras exactas por categoría están en la tabla de esta página.

Dónde está autorizado y en qué cantidad 67 autorizaciones vigentes

Categoría de alimento Dosis máxima Condiciones
01.3 Productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación · como Grupo I la del grupo
01.4 Productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente · como Grupo I la del grupo
01.6.3 Otras natas · como Grupo I la del grupo
01.7.1 Queso fresco, excepto los productos incluidos en la categoría 16 · como Grupo I la del grupo excepto mozzarella
01.7.5 Queso fundido · como Grupo I la del grupo
01.7.6 Productos a base de queso (excepto los incluidos en la categoría 16) · como Grupo I la del grupo
01.8 Sucedáneos de productos lácteos, incluso blanqueadores de bebidas · como Grupo I la del grupo
02.2.2 Otras emulsiones de grasas y aceites, incluso grasas lácteas para untar, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 1234/2007 del Consejo, y emulsiones líquidas · como Grupo I la del grupo
02.3 Aerosol de aceite vegetal para freír · como Grupo I la del grupo
03 Helados · como Grupo I la del grupo
04.2.1 Frutas y hortalizas secas · como Grupo I la del grupo Los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
04.2.2 Frutas y hortalizas en vinagre, aceite o salmuera · como Grupo I la del grupo
04.2.4.1 Preparados de frutas y hortalizas, excepto compota · como Grupo I la del grupo
04.2.5.4 Mantequilla de frutos de cáscara y frutos de cáscara para untar · como Grupo I la del grupo
04.2.6 Productos elaborados a base de patata · como Grupo I la del grupo
05.1 Productos de cacao y de chocolate, tal como se definen en la Directiva 2000/36/CE · como Grupo I la del grupo solo de valor energético reducido o sin azúcares añadidos
05.2 Otros productos de confitería, incluidas las micropastillas para refrescar el aliento · como Grupo I la del grupo las sustancias inscritas con los números E 400-404, E 406, E 407, E 407a, E 410, E 412-415, E 417, E 418, E 425 y E 440 no podrán utilizarse en minicápsulas de gelatina definidas, a efectos del presente Reglamento, como artículos de confitería a base de gelatina de consistencia firme, contenidos en minicápsulas semirrígidas, destinadas a ser ingeridas de golpe tras haber presionado la minicápsula para proyectar el producto de confitería en la boca; los aditivos E 410, E 412, E 415 y E 417 no podrán utilizarse para producir alimentos deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión E 425 no podrá utilizarse artículos de confitería a base de gelatina
05.3 Chicle · como Grupo I la del grupo
05.4 Adornos, coberturas y rellenos, excepto los rellenos a base de frutas incluidos en la categoría 4.2.4 · como Grupo I la del grupo
06.2.2 Almidones y féculas · como Grupo I la del grupo
06.3 Cereales de desayuno · como Grupo I la del grupo
06.4.2 Pastas alimenticias secas · como Grupo I la del grupo Solo pasta sin gluten (como alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o sustituir los ingredientes que contienen gluten) o la destinada a dietas hipoproteicas
06.4.4 Ñoquis de patata · como Grupo I la del grupo excepto ñoquis de patata frescos refrigerados
06.4.5 Rellenos para pastas (raviolis y similares) · como Grupo I la del grupo
06.5 Noodles (fideos orientales) · como Grupo I la del grupo
06.6 Masa para rebozar · como Grupo I la del grupo
06.7 Cereales precocinados o elaborados · como Grupo I la del grupo
07.1 Pan y panes especiales · como Grupo I la del grupo excepto los productos que figuran en 7.1.1 y 7.1.2
07.2 Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería · como Grupo I la del grupo
08.3.1 Productos cárnicos no sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo
08.3.2 Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico · como Grupo I la del grupo excepto foie gras, foie gras entier, blocs de foie gras, libamáj, libamáj egészben y libamáj tömbben
08.3.3 Tripas, recubrimientos y decoraciones para carne · como Grupo I la del grupo
09.2 Pescado y productos de la pesca elaborados, incluso moluscos y crustáceos · como Grupo I la del grupo
09.3 Huevas · como Grupo I la del grupo solo huevas elaboradas
10.2 Huevos y ovoproductos elaborados · como Grupo I la del grupo
11.2 Otros azúcares y jarabes · como Grupo I la del grupo
12.1.2 Sustitutos de la sal · como Grupo I la del grupo
12.2.2 Condimentos y aderezos · como Grupo I la del grupo
12.3 Vinagres y ácido acético diluido (en agua, del 4 al 30 % en volumen) · como Grupo I la del grupo
12.4 Mostaza · como Grupo I la del grupo
12.5 Caldos y sopas · como Grupo I la del grupo
12.6 Salsas · como Grupo I la del grupo
12.7 Ensaladas preparadas y productos aromatizados para untar bocadillos · como Grupo I la del grupo
12.8 Levadura y productos de levadura · como Grupo I la del grupo
12.9 Productos proteínicos, excepto los incluidos en la categoría 1.8 · como Grupo I la del grupo
13.2 Alimentos para usos médicos especiales, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 (excepto los incluidos en la categoría 13.1.5) · como Grupo I la del grupo
13.3 Sustitutivos de la dieta completa para el control de peso, tal como se definen en el Reglamento (UE) n.o 609/2013 · como Grupo I la del grupo
14.1.2 Zumos de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y jugos de legumbres u hortalizas · como Grupo I la del grupo solo jugos de legumbres u hortalizas
14.1.3 Néctares de fruta, tal como se definen en la Directiva 2001/112/CE, y néctares de productos similares · como Grupo I la del grupo solo néctares de frutas y hortalizas; no podrán utilizarse, E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.1.4 Bebidas aromatizadas · como Grupo I la del grupo no podrán utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966 ni E 967 E 968 no podrá utilizarse, salvo cuando se indique expresamente en esta categoría de alimentos
14.1.5.2 Otros · como Grupo I la del grupo excepto té en hojas sin aromatizantes, incluido el café instantáneo aromatizado; no deben utilizarse en bebidas E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.3 Sidra y perada · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.4 Vino de fruta y vino elaborado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.5 Hidromiel · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.6 Bebidas espirituosas, tal como se definen en el Reglamento (UE) 2019/787 · como Grupo I la del grupo excepto whisky o whiskey; no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968, excepto en licores
14.2.7.1 Vinos aromatizados · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.2 Bebidas a base de vino aromatizado · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.7.3 Cócteles aromatizados de productos vitivinícolas · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
14.2.8 Otras bebidas alcohólicas, incluidas las mezclas de bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y otras bebidas alcohólicas a base de alcohol destilado con un grado alcohólico volumétrico inferior al 15 % · como Grupo I la del grupo no deben utilizarse E 420, E 421, E 953, E 965, E 966, E 967 ni E 968
15.1 Productos de aperitivo a base de patatas, cereales, harinas o almidones · como Grupo I la del grupo
15.2 Frutos de cáscara elaborados · como Grupo I la del grupo
16 Postres, excepto los productos incluidos en las categorías 1, 3 y 4 · como Grupo I la del grupo
17.1 Complementos alimenticios sólidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo E 410, E 412, E 415, E 417 y E 425 no podrán utilizarse para producir complementos alimenticios deshidratados destinados a rehidratarse en la ingestión
17.2 Complementos alimenticios líquidos, excepto los destinados a lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.1 Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad · como Grupo I la del grupo
18.2 Sustitutivos de comidas para el control del peso según lo dispuesto en el Reglamento (UE) n.o 432/2012 de la Comisión · como Grupo I la del grupo
18.3 Alimentos producidos especialmente para reducir el contenido de gluten de los ingredientes que contienen gluten o para sustituir los ingredientes que contienen gluten · como Grupo I la del grupo Incluida la pasta seca

Cifras en mg/kg (o mg/l según el alimento) tomadas del texto consolidado del Reglamento (CE) n.º 1333/2008. Quantum satis significa que la norma no fija un límite numérico: se usa la cantidad necesaria y no más.

En qué alimentos está de verdad sobre 19 productos del catálogo

Queso y productos derivados
1
Productos de bollería, pastelería, repostería y galletería
1
Preparados de carne, tal como se definen en el Reglamento (CE) no 853/2004
2
Productos cárnicos
1
Alimentos elaborados no incluidos en las categorías 18.2 y 18.3, excepto alimentos para lactantes y niños de corta edad
4
Productos cárnicos sometidos a tratamiento térmico
10

Productos que lo llevan 19 en el catálogo

Fajita mexicana Aldelis 270 g.

Fajita mexicana Aldelis 270 g.

ALDELIS · Carrefour

19 aditivos

Tortita de pollo y quesos fundidos Aldelís 270 g.

Tortita de pollo y quesos fundidos Aldelís 270 g.

ALDELIS · Carrefour

18 aditivos

ALDELÍS Tortillas rellenas de pollo asado y quesos fundidos 2 x 135 g.

ALDELÍS Tortillas rellenas de pollo asado y quesos fundidos 2 x 135 g.

ALDELÍS · Alcampo

18 aditivos

Hamburguesa 100% vegetal con berenjena y calabacín, lista para calentar y comer BROOKLYN TOWN 220 g.

Hamburguesa 100% vegetal con berenjena y calabacín, lista para calentar y comer BROOKLYN TOWN 220 g.

BROOKLYN TOWN · Alcampo

16 aditivos

LA BROCHE Flautas vegetales de Quinoa y Chia rellenas de pimientos, zanahoria, calabacín y remolacha LA BROCHE Fun veggie 2 x 125 g.

LA BROCHE Flautas vegetales de Quinoa y Chia rellenas de pimientos, zanahoria, calabacín y remolacha LA BROCHE Fun veggie 2 x 125 g.

LA BROCHE · Alcampo

14 aditivos

Perrito de pollo y patata al estilo coreano Bibigo 200 g.

Perrito de pollo y patata al estilo coreano Bibigo 200 g.

BIBIGO · Carrefour

12 aditivos

EMCESA Bandeja de chorizos picantes de pincho

EMCESA Bandeja de chorizos picantes de pincho

EMCESA · Alcampo

12 aditivos

Flautas de pollo y 2 quesos Dia Al Punto 275 g

Flautas de pollo y 2 quesos Dia Al Punto 275 g

dia al punto · Dia

10 aditivos

CAMPOFRÍO Jamón de pavo, cortado en lonchas finas 70 g.

CAMPOFRÍO Jamón de pavo, cortado en lonchas finas 70 g.

CAMPOFRÍO · Alcampo

10 aditivos

Fiambre de pechuga de pavo en lonchas Campofrío sin gluten y sin lactosa 70 g.

Fiambre de pechuga de pavo en lonchas Campofrío sin gluten y sin lactosa 70 g.

CAMPOFRIO · Carrefour

9 aditivos

CAMPOFRÍO Fiambre de pechuga de pavo con sabor ahumado, cortada en lonchas 70 g.

CAMPOFRÍO Fiambre de pechuga de pavo con sabor ahumado, cortada en lonchas 70 g.

CAMPOFRÍO · Alcampo

9 aditivos

Pechuga de pavo braseada Campofrío 70 g

Pechuga de pavo braseada Campofrío 70 g

campofrio · Dia

9 aditivos

Reparto por supermercado

11

Alcampo · 58 %

5

Carrefour · 26 %

3

Dia · 16 %

Alternativas sin ningún aditivo mismos tipos de alimento, etiqueta sin ningún número E

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

Entrecot de Vaca Madurada 100% Extremadura Carrefour El Mercado 600 g aprox

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

Mini sandwich Duo Avellana Carrefour Sensation 6 uds.

CARREFOUR · Carrefour

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo), elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

Bandeja de preparado de carne picada de vacuno, elaborada sin gluten ROLER 800 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.

Chorizo asturiano de calidad extra y ahudado natural EL CUCO 300 g.

EL CUCO · Alcampo

sin aditivos

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.

Bandeja de preparado de carne picada mixta (vacuno-cerdo) ROLER 500 g.

ROLER · Alcampo

sin aditivos

Otros nombres

Denominación oficial en la UEKonjac
Número EE 425

Preguntas frecuentes

¿Qué es el E-425 y para qué se usa?

El E-425 es el konjac, la fibra de un tubérculo asiático capaz de absorber muchísima agua: por eso espesa, estabiliza y da cuerpo desde helados hasta productos cárnicos. Es el mismo material de los fideos shirataki y uno de los pocos aditivos con un uso expresamente prohibido, no por toxicidad, sino por riesgo de atragantamiento.

¿Es malo el E-425?

Aquí la respuesta tiene dos mitades. Como sustancia, es una fibra soluble que el cuerpo apenas digiere, sin señales de toxicidad que hayan preocupado a los evaluadores. El problema documentado es físico, no químico: el konjac forma geles tan firmes que no se deshacen en la boca, y en las golosinas de gelatina en minicápsulas, esas que se tragan de un bocado, provocó casos de asfixia, algunos mortales, sobre todo en niños. La respuesta de la norma europea fue prohibir el konjac en ese formato y en los productos deshidratados pensados para rehidratarse al ingerirlos. Fuera de esos usos, disuelto en un yogur, un fiambre o un helado, ese riesgo no existe: la fibra está dispersa en el alimento, no concentrada en un tapón gelatinoso.

¿En qué alimentos se puede usar el E-425?

La norma europea lo autoriza en 67 categorías de alimentos, entre ellas productos lácteos fermentados sin aromatizar tratados térmicamente tras la fermentación, productos lácteos fermentados aromatizados, incluso tratados térmicamente, otras natas. El listado completo con la dosis máxima de cada una está en esta página.

¿En cuántos productos de supermercado está el E-425?

Lo hemos encontrado en 19 productos activos de nuestro catálogo de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona, y donde más aparece es en Alcampo (11 productos).

¿El E-425 es apto para veganos?

Sí. Según los datos de origen de Open Food Facts, el E-425 no procede de animales, así que es apto para dietas veganas y vegetarianas.

¿Qué diferencia hay entre la goma konjac y el glucomanano de konjac?

Las dos formas comparten el número E-425 y salen del mismo tubérculo. La goma konjac es la harina del tubérculo tratada y purificada; el glucomanano es la fibra aislada con mayor pureza. A efectos prácticos hacen lo mismo, espesar y retener agua, y en la etiqueta pueden aparecer con cualquiera de los dos nombres o simplemente como E425.

¿Los fideos shirataki llevan E-425?

No como aditivo. Los shirataki y el konnyaku japonés están hechos de konjac: es su ingrediente principal, no un añadido técnico, así que en su etiqueta aparece como harina de konjac o glucomanano, sin número E. El E-425 solo entra en juego cuando el konjac se añade en pequeña cantidad a otro alimento para espesarlo o estabilizarlo.

¿Por qué está prohibido en algunas golosinas si es solo fibra?

Por la textura, no por la composición. El gel de konjac es tan elástico y resistente que no se disuelve con la saliva ni se rompe fácil al masticar. En las golosinas de gelatina en minicápsulas, pensadas para tragarse de golpe, ese tapón de gel causó atragantamientos graves, y la norma europea acabó vetando el konjac en ese formato concreto.

Aparece junto a estos aditivos en la misma etiqueta, según el catálogo

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 1333/2008, Anexo II (lista de la Unión y condiciones de uso), texto consolidado. Ver en EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 1129/2011 DE LA COMISIÓN de 11 de noviembre de 2011. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) N o 438/2013 DE LA COMISIÓN de 13 de mayo de 2013. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2025/2058 DE LA COMISIÓN de 14 de octubre de 2025. EUR-Lex
  • REGLAMENTO (UE) 2015/647 DE LA COMISIÓN de 24 de abril de 2015. EUR-Lex
  • Base de datos de aditivos alimentarios de la Comisión Europea (verificación del estatus de autorización).
  • Datos de productos: catálogo propio de Alcampo, Carrefour, Dia y Mercadona. Cómo se recogen.